Centro de Recursos de Patentes y Marcas del RUM

Sobre Nosotros

El Centro de Recursos de Patentes y Marcas del Recinto Universitario de Mayagüez de la Universidad de Puerto Rico ofrece todo tipo de información relacionada a la Propiedad Intelectual. Esto es, información sobre patentes de invenciones, marcas comerciales y derechos de autor. Entre sus usuarios se encuentran inventores, estudiantes, profesores, empresarios, abogados, ingenieros, científicos, investigadores y el público en general. Todos son bienvenidos a utilizar nuestra instalaciones, recursos y servicios. No solo servimos a la región de Puerto Rico, sino que también extendemos nuestros servicios a todos los países latinoamericanos.

Como representante exclusivo de la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos en Mayagüez, el Centro de Recursos cuenta con una variada literatura impresa y electrónica de esa agencia para el beneficio de sus usuarios. Además, ofrecemos información y literatura de la Oficina Federal de Derechos de Autor.

Es importante indicar que nuestra función es la de impartir información y orientación. No recibimos ni procesamos ni evaluamos solicitudes de patentes o marcas. Esa es precisamente la razón de ser de la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos en Alexandria, Virginia.

El Centro de Recursos del RUM fue establecido formalmente en noviembre de 1996, como Biblioteca de Patentes y Marcas Registradas, un año después de haber recibido la certificación correspondiente de la agencia federal para formar parte del Programa de Bibliotecas Depositarias de Patentes y Marcas—una red de 85 bibliotecas a través de los Estados Unidos y Puerto Rico. Fue la primera en establecerse en Puerto Rico y la primera fuera de los cincuenta estados de la Unión. En el 2001 se establece en el Recinto de Bayamón de la Universidad de Puerto Rico, una segunda biblioteca de patentes. En octubre de 2011, el nombre de Biblioteca de Patentes y Marcas fue cambiado a Centro de Recursos de Patentes y Marcas. El nuevo nombre refleja mejor nuestra función acorde los tiempos y los avances tecnológicos.

LEMA: Celebrando ideas, invenciones e innovaciones; Contribuyendo al progreso económico de Puerto Rico y el Hemisferio

Servicios que Ofrecemos

  • Servicios de Orientación: Proveemos orientación individual en todos los aspectos relacionados a las patentes de invenciones, las marcas comerciales y los derechos de autor. Aclaramos dudas y contestamos las preguntas que un usuario pueda tener.
  • Servicios Electrónicos: Contamos con instalaciones para facilitar la investigación de patentes y el acceso a las páginas electrónicas y las bases de datos de la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU.
  • Literatura Impresa: Ofrecemos una extensa variedad de literatura impresa en las diferentes áreas de la Propiedad Intelectual, con énfasis en las patentes de invenciones y las marcas comerciales.
  • Página Electrónica: Tenemos nuestra propia página electrónica donde ofrecemos información en español e inglés sobre los recursos y servicios disponibles. Puede visitarla en: www.uprm.edu/library/patentes.html.
  • Charlas, Conferencias y Talleres: Periódicamente auspiciamos charlas, conferencias, talleres y seminarios sobre la Propiedad Intelectual. Traemos expertos en la materia, tanto de Puerto Rico como de los Estados Unidos.
  • Exhibiciones: En ocasiones, montamos exhibiciones en el vestíbulo de la Biblioteca General sobre los diferentes aspectos de la Propiedad Intelectual. Esto incluye patentes, marcas registradas y derechos de autor.
  • Adiestramientos: Proveemos adiestramientos sobre estrategias de investigación y búsqueda de patentes.

Recursos

Literatura Impresa: Folletos, Panfletos, etc.

    Basic Facts About Trademarks
    Celebrating American Ingenuity
    Contact the USPTO Before you Get Burned
    Copyright Basics
    Fundamentos de los Derechos de Autor
    General Information About Plant Patents
    General Information Concerning Patents
    Got a Green Invention?
    Guide to Filing a Design Patent Application
    Guide to Filing a Utility Patent Application
    Information Contacts at USPTO
    Invention Company Scams
    Inventive Thinking Curriculum Project
    Provisional Application for Patents
    Proyecto del Curriculum del Pensamiento Inventivo
    Trademarks: The Fingerprints of Commerce

Libros, Guías y Manuales Impresos

    African American Women Inventors, 1884-2003
    American Inventions: A History of Curious, Extraordinary, and Just Plain…
    Annual Report of the Commissioner of Patents and Trademarks
    Beehives of Invention: Edison and his Laboratories
    Celebrating 25 Years of Libraries and USPTO Cooperation
    Century of American Invention
    Code of Federal Regulations—Patents, Trademarks, and Copyrights (Title 37)
    Conference on Fair Use
    Copyright Law
    Directory of Patent and Trademark Depository Libraries
    Essentials of Intellectual Property: A Basic Primer for Everyone
    From Artist to Audience: How Creators and Consumers Benefit from…
    From Invention to Innovation
    From Patent to Profit: Secrets & Strategies for Success
    Getting Started as an Entrepreneur: A Guide for Students
    Guide to Japan’s Patent System
    Guide to the International Registration of Marks Under the Madrid…
    Guide to the Nice Agreement Concerning the International Classification…
    Handbook on the Use of the U.S. Patent Classification System
    How to Invent your Way to Wealth…
    Index to the U.S. Patent Classification System
    Inductees of the National Inventors Hall of Fame
    Information Directory at USPTO
    Intellectual Property and the National Information Infrastructure
    Intellectual Property: Everything the Digital Age Librarian Needs to Know
    International Patent Classification
    Inventing the 20th Century: 100 Inventions that Shaped the World
    Inventor’s Bible: How to Market and License your Brilliant Ideas
    Inventor’s Marketing Handbook: A Complete Guide to Selling…
    Inventor’s Resource Guide
    Manual of Classification
    Manual of Patent Examining Procedures
    National Innovative Thinking Association
    National Inventors Hall of Fame, 1995-
    New Development in Biotechnology: Patenting Life
    Patent and Trademark Information: Uses and Perspectives
    Patent and Trademark Tactics and Practice
    Patent Cooperation Treaty Applicants’ Guide
    Patent Drawing Book: How to Prepare Formal Drawings Required by…
    Patent Drawings
    Patent Fundamentals for Scientists and Engineers
    Patent It Yourself
    Patent, Copyright and Trademark
    Patent Office Pony: A History of the Early Patent Office
    Patent Searching for Librarians and Inventors
    Patentando Inventos en EE.UU.: Lo que todo inventor debe saber
    Patentes Naturistas
    Patents, R&D, and Inventions Potentials…
    PTDLP Index, 1990-2000
    Plant Patent Directory, 1931-1989
    Report on Copyright and Digital Distance Education
    Resource of Creative and Inventive Activities
    Role of the Patent System in the Transfer of Technology…
    Role of Trade Marks in Developing Countries: Report
    Story of the Patent and Trademark Office
    Temple of Invention: History of a national Landmark
    Trademark Manual of Examining ProcedureTrademark Trial and Appeal…
    U.S. Patent Classification to International Patent Classification Concordance
    USPTO Information Directory

Videos en VHS y DVD

    Ceremonias de Inauguración de la Biblioteca de Patentes del RUM (VHS & DVD)
    Conducting a Patent Search at a PTDL (VHS)
    Diversity = U (VHS)
    Dreams and Discoveries: The National Inventors Hall of Fame (VHS)
    Effects of GATT and NAFTA on PTO Practice (VHS)
    From Dream to Reality: A Tribute to Minority Inventors (VHS)
    How to Conduct a Preliminary U.S. Patent Search: A Step-by-Step Strategy (DVD)
    Inside the Patent Pipeline (VHS)
    Intellectual Property Conference of the Americas
    Introduction to the Patent System (VHS)
    Minority Inventors: America’s Tapestry of Innovation (VHS)
    Project XL (Spanish Version) (VHS)
    Promoting Innovation: Today’s USPTO (DVD)
    PTO Today (VHS)
    Scam Detector Commercial (VHS)
    Trademarks: The Fingerprints of Commerce (VHS)
    We Did Tomorrow and Yesterday (VHS)

Personal

Contamos con los servicios de un bibliotecario profesional debidamente adiestrado para proveer a los usuarios toda la información, asistencia y ayuda que necesiten. El bibliotecario está disponible de 7:30 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m., de lunes a viernes.

Aunque todos los ciudadanos son bienvenidos a visitar nuestras instalaciones en cualquier momento dentro del horario regular, recomendamos a todas aquellas personas que residen fuera del área de Mayagüez, a llamar al bibliotecario con antelación y coordinar una cita. El número de teléfono del bibliotecario es el (787) 832-4040 extensión 2307.

El bibliotecario está en la mejor disposición de orientar y adiestrar a aquellos usuarios que así lo soliciten en el uso efectivo de los recursos disponibles–ya sean estos electrónicos o tradicionales–de forma tal que el usuario pueda hacer su propia investigación de patentes o marcas registradas.

Sin embargo, advertimos que el bibliotecario no está autorizado para hacer investigaciones o búsquedas de patentes y marcas por los usuarios. Estos deben realizar sus propias búsquedas e investigaciones. Favor de leer la sección de DISCLAIMER.

Cargos por Utilizar Nuestras Instalaciones

El uso de nuestras instalaciones, servicios y recursos es totalmente gratis. También son libres de cargos las charlas, los adiestramientos y las orientaciones que ofrecemos. Los únicos cargos son aquellos en los que el usuario incurre en la reproducción en papel de una impresora o en el uso de las máquinas fotocopiadoras.

Fotocopias en blanco y negro Fotocopias a colores Impresora en blanco y negro
5¢ por hoja de papel 25¢ por hoja de papel 15¢ por hoja de papel

Ubicación

El Centro de Recursos está físicamente ubicado en el primer piso de la Biblioteca General del Recinto Universitario de Mayagüez. Al entrar al vestíbulo de la biblioteca, debe dirigirse hacia la derecha donde encontrará el Escritorio de Información de la Colección de Referencia y Documentos. El Centro de Recursos se encuentra al fondo, lado opuesto del Escritorio de Información y está debidamente rotulado. De no conseguirlo, puede preguntar en el Escritorio de Información, donde con mucho gusto le dirigirán hacia la puerta del Centro de Recursos de Patentes y Marcas.

Lunes a Viernes Sábados, Domingo y Feriados
7:30 a.m. – 12:00 p.m. Cerrado
1:00 p.m. – 4:00 p.m.

Contacto

Prof. Gladys E. López
Centro de Recursos de Patentes y Marcas
Biblioteca General
Recinto Universitario de Mayagüez
Universidad de Puerto Rico
Call Box 9000
Mayagüez, PR 00681-9000
Tel: (787) 832-4040 Ext. 2307
Fax: (787) 265-5483
Correo electrónico: gladys.lopez@upr.edu

Preguntas y Respuestas Más Frecuentes

¿Qué es una patente?
Una patente es un certificado o permiso que otorga el gobierno (en nuestro caso, el gobierno federal) al dueño o titular de un producto o invento para que éste pueda beneficiarse económicamente excluyendo a otros de copiar, manufacturar, mercadear, vender o lucrarse de su producto o invento.

¿Cuál es la vigencia o vida útil de una patente?
Las patentes se otorgan por un tiempo definido que fluctúa entre 14 a 20 años, dependiendo del tipo de patente. Por ejemplo, en el caso de las patentes de utilidad y las de plantas su vigencia es de 20 años, mientras que las patentes de diseño se otorgan por solo 14 años.  Luego que caduca el periodo de vigencia, los titulares pierden todos los derechos que le confiere la ley y las patentes pasan a formar parte del dominio público.

¿Se puede patentar una idea o concepto?
No. Las ideas y los conceptos son abstractos y por lo tanto no cualifican para ser patentados. Ahora bien, cuando el producto de las ideas y los conceptos se plasman en un medio tangible, esto es, que se pueden tocar, ver, sentir, oír, oler, etc., entonces sí pudieran cualificar de éstos cumplir con otros requisitos básicos.

¿Cuáles son los requisitos básicos para que un producto o invento pueda ser patentado?
Además del producto o invento estar plasmado en un medio tangible, éste también deberá ser algo nuevo, original, novedoso, innovador, funcional, útil, nunca antes visto, que resuelva un problema o situación, que haga algo y lo haga bien y que no ocurra naturalmente en el ambiente.

¿Qué cosas no cualifican para ser patentados?
Las ideas y los conceptos. Además, aquellos inventos o productos que no son nuevos ni novedosos ni originales, que han estado en uso público o a la venta por más de un año, variaciones obvias de inventos conocidos, que no son útiles ni funcionales, y todo aquello que ocurra naturalmente en el ambiente.

¿Cuánto cuesta patentar un invento?
No podemos precisar la cantidad. Hay muchos factores que influyen, incluyendo la negociación que se lleve a cabo con el abogado o agente de patentes. Estimamos que aproximadamente, desde cuatro mil dólares ($4,000) en adelante.

¿Controla la Oficina de Patentes y Marcas los costos u honorarios que cobran los abogados o agentes de patentes por sus servicios?
No. Esto es un asunto de negociación entre usted y su abogado o agente de patente en el cual la Oficina de Patentes y Marcas no toma ni puede tomar parte alguna. Para evitar malos entendimientos, antes de contratar a un abogado o agente, usted debe preguntar por el estimado de los cargos y todos los detalles que esto pueda incluir, como por ejemplo, (1) investigación de patentes, (2) la preparación de los formularios de solicitud, (3) la radicación de la solicitud y el procesamiento que conlleva, y (4) las gestiones para apelar la decisión que haya tomado la agencia de ésta ser adversa, entre otras cosas.

¿Es necesario reclutar los servicios de un abogado o agente de patentes para gestionar una patente?
No. No es necesario, pero la Oficina de Patentes y Marcas lo recomienda por las implicaciones legales que todo el proceso de radicar una solicitud de patente conlleva.

¿Puedo yo como inventor independiente radicar una solicitud de patente?
Sí, lo puede hacer. Pero la Oficina de Patentes y Marcas siempre recomienda se contrate los servicios de un abogado o agente de patentes por las implicaciones legales del proceso.

¿Puedo registrar una patente?
No, las patentes no son registrables. Las patentes son otorgadas o emitidas por el gobierno (en nuestro caso, el gobierno de los Estados Unidos) luego de un extenso proceso de estudio y evaluación.

¿Tiene Puerto Rico una oficina de patentes? ¿Puedo solicitar una patente en Puerto Rico?
No. Ni Puerto Rico ni los estados de la Unión pueden operar ese tipo de oficina. Eso es estrictamente una función del gobierno federal de los Estados Unidos.

¿Tengo que producir o enviar un modelo o prototipo del invento al solicitar una patente?
No. No es necesario ni requerido ni aconsejable que lo haga. Solo hay que completar los múltiples formularios que conlleva una radicación de solicitud de patentes y seguir las instrucciones al pie de la letra.

¿Puedo confiar los detalles de mi invento con los abogados y agentes de patentes?
Sí, lo puede hacer. Estos profesionales han hecho un juramento de ética ante la Oficina de Patentes y Marcas para proteger la confidencialidad de sus clientes y de los inventos que gestionan. Además, por ley, ellos no pueden solicitar patentes para ellos mismos. De violar la ley, se exponen a multas, cárcel y la pérdida de sus licencias o certificación para ejercer ante la Oficina de Patentes y Marcas.

¿Puedo utilizar los servicios de cualquier abogado para que me ayude a gestionar una patente?
No. Solo puede utilizar los servicios de abogados y agentes debidamente autorizados, registrados y certificados por la Oficina de Patentes y Marcas.

¿Cómo y/o dónde puedo averiguar si un abogado o agente está debidamente certificado por la Oficina de Patentes y Marcas para ejercer como tal?
Puede preguntar en cualquiera de los centros de recursos de patentes y marcas localizados en Mayagüez o Bayamón, así como en cualquiera de los estados si reside en el Continente. También puede acceder en línea el registro de los abogados y agentes autorizados en el portal electrónico de la Oficina de Patentes y Marcas, en:  https://oedci.uspto.gov/OEDCI/.

¿Puedo confiar los detalles de mi invento a esas compañías que aparecen en la televisión ofreciéndose a patentar mi idea o invento?
Debe ejercer mucho cuidado. Aunque algunas de esas compañías son legítimas, existen muchas otras que no lo son. La Oficina de Patentes y Marcas recomienda mucha prudencia e investigación antes de revelar su proyecto a estas compañías. Si tiene dudas, no lo haga. La Oficina de Patentes y Marcas ha publicado un folleto informativo a estos efectos titulado Contact the USPTO before you get burned! el cual puede obtener en cualquiera de los centros de recursos de patentes y marcas.  También puede accederlo en línea en: http://www.uspto.gov/web/offices/com/iip/documents/scamprevent.pdf.

¿Puedo comenzar a manufacturar, mercadear y vender mi invento luego de radicar la solicitud de patente aunque no la haya recibido todavía?
Sí, puede hacerlo con todas las garantías de exclusividad que le otorga la ley. También puede colocar en el producto o invento una nota que diga Patent Pending o Patent Applied For.

¿Una vez radique mi solicitud de patente, puedo estar seguro que me la van a dar?
No. Nadie en este mundo le puede asegurar que por el hecho de haber radicado una solicitud de patente, usted automáticamente vaya a recibir una patente. Las estadísticas de la Oficina de Patentes y Marcas indican que solo el 50% de las patentes que se solicitan, se otorgan. El restante 50% de las solicitudes de patentes son rechazadas o denegadas.

¿Me devuelven el dinero invertido en una solicitud de patente cuando éstas son rechazadas o denegadas?
No. No hay devolución alguna. Usted ha perdido la cantidad de lo invertido.

¿Qué diferencia hay entre las patentes que se mencionan en estas páginas y las patentes municipales?
Son dos cosas diferentes. Las patentes descritas en estas páginas son aquellas que tienen que ver con inventos, productos, aparatos, enseres, herramientas, máquinas, procesos, compuestos químicos, programados de computadoras y cosas relacionadas. Las patentes municipales son permisos que otorgan los municipios en Puerto Rico para operar un negocio dentro de sus respectivas jurisdicciones y pagar los cargos correspondientes.

Si la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos me otorga una patente, las protecciones que me confiere la ley, ¿son válidas en todos los países del mundo?
No. Solamente es válida en la jurisdicción de los Estados Unidos y sus territorios. Para recibir protección en otros países deberá radicar una solicitud en cada una de las oficinas de patentes de esos países y pagar los cargos correspondientes.

¿Puedo gestionar una patente internacional que cubra todos los países del mundo?
No. Eso no es posible. No existe tal cosa como una patente internacional. Las patentes solo son válidas dentro de las fronteras de los países que las emiten.

¿Qué significan los términos “Patent Pending” y “Patent Applied for”?
Estos términos son utilizados por los inventores, fabricantes y vendedores para informar al público que se ha radicado una solicitud de patente ante la Oficina de Patentes para ese producto. La ley impone multas a aquellos que utilizan estos términos de forma fraudulenta para engañar al público.

¿Es necesario visitar en persona la Oficina de Patentes y Marcas para atender asuntos relacionados con una solicitud de patente?
No. Casi todos los trámites se conducen a través de correspondencia escrita, ya sea a través del correo regular o el correo electrónico. En los casos de alguna acción pendiente, se pueden hacer arreglos directamente con los examinadores de patentes para concertar una entrevista, de ser necesario.

¿Me pueden quitar o cancelar mis derechos como dueño o titular de una patente que haya obtenido?<
Sí. Si usted no mantiene su patente al día con la Oficina de Patentes y Marcas, esto es, si no paga los cargos correspondientes cuando éstos vencen cada 3.5 años, dentro del periodo de vigencia de su patente, puede perder todos sus derechos sobre dicha patente. En estos casos, la patente se pone a la venta y cualquier persona puede comprarla y utilizarla como desee por el resto de su vigencia.

¿Puedo vender mi patente si no logro sacarle provecho a la misma?
Sí. Las patentes son una propiedad como cualquier otra que usted posea. Puede venderla, rentarla, cederla, regalarla, o hacer cualquier tipo de negociación con ella.

¿Qué hacen con sus patentes la mayoría de los inventores que han logrado obtener una?
La gran mayoría de los inventores no hacen nada con sus patentes. Se estima que sólo alrededor del 2% de las patentes que se emiten, llegan a explotarse económicamente o hacer ricos a sus titulares.

¿Cuántas patentes emite anualmente la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU.?
De las aproximadamente 500,000 solicitudes de patentes que se radican anualmente en esa oficina, solo alrededor de 250,000 o sea el 50%, se otorgan. El resto son denegadas o rechazadas por una variedad de razones.

¿Cuánto tiempo toma desde el momento en que radico una solicitud de patente hasta el momento en que recibo la patente, esto es, de ser aprobada?
Hay muchísimos factores que inciden en el proceso y nadie puede precisar el tiempo propiamente. De todos modos, pueden pasar desde dos (2) años hasta diez (10) o quince (15). En el caso de las patentes de diseño, éstas pudieran tomar alrededor de un año.

Disclaimer - Advertencia - Descarga de Responsabilidad

La información que ofrecemos en estas páginas electrónicas es de carácter general e informativo. La misma no debe interpretarse como de asesoramiento jurídico o legal. El bibliotecario de patentes, así como los otros miembros del personal que labora en la Biblioteca General del RUM, no son abogados por lo que no pueden interpretar las leyes de Propiedad Intelectual (patentes, marcas y/o derechos de autor), ni ofrecer opiniones o advertencias legales, ni conducir investigaciones o búsquedas de patentes o marcas registradas por los usuarios, ni proveer asistencia o ayuda en la radicación de solicitudes de patentes o marcas registradas.

Los usuarios tampoco deben inferir, de las opiniones vertidas por el bibliotecario o cualquier otro miembro del personal, sobre la patentabilidad de cualquier invención, su diseño o validez, como si éstas fueran conclusiones verídicas o legales.

Al bibliotecario de patentes y marcas tampoco le es permitido ofrecer opiniones sobre la efectividad de las estrategias de búsqueda e investigación llevadas a cabo por los usuarios, incluyendo la identificación de campos o palabras claves, como tampoco podrá opinar sobre las tecnologías específicas que el usuario ha evaluado o está por evaluar.

Para una opinión legal competente y apropiada, la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos recomienda se consulte a un abogado de patentes o de marcas, según sea el caso. Ellos, al igual que los agentes de patentes certificados, son los únicos profesionales autorizados para ayudar a los inventores en la radicación de solicitudes de patentes y en el proceso de patentar un invento.

Asegúrese que tanto el abogado, como el agente de patente, estén debidamente autorizados y certificados por la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos para ejercer como tal. Antes de contratar los servicios de estos profesionales debe exigirle el número de registro que le expidió la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU. a cada uno de ellos.

Oficina de Marcas de Puerto Rico

El Departamento de Estado de Puerto Rico es la agencia a nivel estatal encargada de registrar marcas comerciales. La Oficina de Corporaciones y Marcas del Departamento de Estado administra las leyes locales de marcas, evalúa las solicitudes y determina si el solicitante tiene derecho a registrar su marca. Además, mantiene un registro de todas las marcas vigentes en Puerto Rico. Las marcas comerciales otorgadas por esta agencia son válidas únicamente en la jurisdicción de Puerto Rico.

Los interesados en registrar sus marcas a nivel federal, para validarlas en todos los estados y territorios de Estados Unidos, deberá radicar una solicitud ante la Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos en Alexandria, Virginia.

Para acceder el portal electrónico (Website) de la Oficina de Marcas de Puerto Rico, donde además podrá hacer búsquedas de las marcas ya registradas en Puerto Rico, favor de hacer clic en el siguiente enlace: www.estado.gobierno.pr

Para información adicional, llamar o contactar la Oficina de Marcas de Puerto Rico, favor de utilizar la siguiente dirección:

Oficina de Corporaciones y Marcas
Departamento de Estado de Puerto Rico
PO Box 9023271
San Juan, PR 00902-3271
Tel. 787-722-2121 Exts. 6485, 6486, 4402

Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos (USPTO)

La Oficina de Patentes y Marcas Registradas de los Estados Unidos (United States Patents and Trademark Office—USPTO) es una dependencia del Departamento de Comercio Federal. Su función es la de evaluar invenciones que les han sido sometidas y de éstas cumplir con la reglamentación vigente, otorgar la patente correspondiente. Las patentes otorgadas por esta agencia son válidas solamente en la jurisdicción de los Estados Unidos y sus territorios. Los interesados en patentar en otros países para una cobertura internacional, deberá hacerlo directamente con las oficinas de patentes de cada uno de los países de interés y pagar los cargos correspondientes.

Otra función importante que lleva a cabo esta agencia, como su nombre implica, es la de evaluar, otorgar y mantener un registro de marcas comerciales. Este registro es solamente válido para los Estados Unidos y sus territorios. Los interesados en registrar sus marcas en otros países, deberán hacerlo directamente con cada uno de los países de interés.

Las marcas comerciales también pueden ser registradas a nivel local por los estados y territorios, en cuyo caso, tendrán validez en esos estados y territorios solamente. Favor de referirse a la sección sobre la Oficina de Marcas de Puerto Rico.

Para acceder el portal electrónico (Website) de la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU., donde además podrá hacer búsquedas de patentes y marcas registradas, favor de hacer clic en el siguiente enlace: www.uspto.gov

Para información adicional, llamar o contactar la siguiente dirección:

U.S. Patent and Trademark Office
PO Box 1450
Alexandria, VA 22313-1450
Tel. 1-800-786-9199
E-mail: usptoinfo.uspto.gov

Oficina de Derechos de Autor (U.S. Copyright Office)

La Oficina de Derechos de Autor (U.S. Copyright Office) es la agencia federal encargada de administrar las leyes de derechos literarios en los Estados Unidos y sus territorios. La dependencia evalúa solicitudes, registra y mantiene records de obras originales, incluyendo dibujos, artes gráficas, programados de computadoras, obras literarias, dramáticas, musicales y artísticas. Las obras registradas en esta Oficina son válidas solamente en la jurisdicción de los Estados Unidos y sus territorios. Los interesados en recibir protección literaria en otros países, deberá gestionarlo directamente en esos países.

Para acceder el portal electrónico (Website) de la Oficina de Derechos de Autor, favor de hacer clic en el siguiente enlace: www.copyright.gov

Para más información, favor de llamar o contactar la siguiente dirección:

U.S. Copyright Office
Library of Congress

101 Independence Ave, S.E.
Washington, DC 20559-6000
Tel. 1-877-476-0778

¿Qué es Propiedad Intelectual?

Son derechos otorgados por el gobierno (en nuestro caso, el gobierno de los Estados Unidos) a personas o entidades para excluir a otros de usar, copiar, reproducir, mercadear o de beneficiarse económicamente de su producto o de su producción intelectual. Generalmente, este derecho tiene un tiempo definido y tiene que estar plasmado en un medio tangible. Los intangibles como las ideas, los conceptos y los abstractos, no cualifican bajo las leyes de Propiedad Intelectual. El permiso que se otorga, no es el derecho de elaborar, usar o vender, sino el derecho para excluir o impedir que otros elaboren, usen o vendan la Propiedad Intelectual de una persona o entidad. La Propiedad Intelectual se subdivide en cuatro categorías o tipos: (1) patentes de invenciones; (2) marcas registradas o comerciales; (3) derechos de autor o derechos literarios y; (4) secretos comerciales.

1. Patentes de Invenciones (“Patents”)
Una patente es un permiso, licencia o certificado que le otorga el gobierno federal a un inventor para que de forma exclusiva tenga el derecho de manufacturar, mercadear, vender, usar o licenciar su invento. El derecho que se protege no es el permiso para manufacturar, mercadear o vender su invento, sino el derecho de exclusividad. Esto es, se le protege al inventor el derecho de excluir e impedir que otros manufacturen, mercadeen o vendan su invento durante el periodo de vigencia de la patente. Luego que caduca el periodo de vigencia, el inventor pierde los derechos de exclusividad que le había otorgado la ley y esa patente entonces se convierte en una de dominio público. Para ser patentable, el invento debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos: innovador, nuevo, único, novedoso, nunca antes visto, funcional, útil, que llene una necesidad o solucione un problema, y que no exista naturalmente en el ambiente. La agencia encargada de procesar y otorgar patentes es la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU.

Existen tres (3) tipos de patentes:

    • Patentes de Utilidad (“Utility Patents”)
      Se caracterizan por ser invenciones de máquinas, aparatos, artefactos, instrumentos, herramientas, enseres, productos, artículos de manufactura, métodos, procesos internos, programados de computadoras, composición de materia, formulaciones químicas o farmacólogas (medicinas) y otros. Lo importante aquí es qué hace el invento y cómo lo hace. La protección es válida por un periodo de 20 años y no se puede renovar o extender.
    • Patentes de Diseño (“Design Patents”)
      Contrario a las patentes de utilidad, en este tipo de patentes las consideraciones importantes no son el funcionamiento interno del invento, sino su estética. Esto es, el aspecto físico o la apariencia externa u ornamental, las líneas del diseño, sus contornos, su forma, sus colores, su textura y los materiales que se usaron para su confección. La protección es válida por un periodo de 14 años y no se puede renovar o extender.
    • Patentes de Plantas (“Plant Patents”)
      Se conceden para invenciones o descubrimientos donde se reproduce asexualmente nuevas y distintas variedades de plantas y árboles. La reproducción asexual implica que de una planta se puedan reproducir copias genéticamente idénticas indefinidamente, ya sea por la manipulación o ingeniería genética (clonación) o por medio de injertos u otras tecnologías aplicadas mecánica o manualmente. En todo caso, la reproducción no puede ser por medios naturales como la polinización o la germinación de semillas. La protección es válida por un periodo de 20 años y no se puede renovar o extender.

2. Marcas Comerciales (“Trademarks”)
Las Marcas Comerciales son derechos otorgados por el gobierno federal a personas o entidades para excluir a otros de utilizar una palabra, frase, lema, sonido, símbolo, emblema, logotipo o cualquier combinación de estos. Es utilizado en la sociedad para la identificación de productos y servicios y como una forma de distinguirlas de las fabricadas, vendidas u ofrecidas por otras personas o entidades. La protección es válida por un periodo de 10 años, renovable cada 10 años, siempre y cuando se mantenga en uso. De no renovarse o de caer en desuso, el titular de la marca la pierde y por consiguiente pierde todos sus derechos sobre la misma.

Existen varios tipos o categorías de marcas. Una es las marcas que son evaluadas, registradas y otorgadas por la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU. Estas marcas, denominadas como “Marcas Registradas,” tienen la peculiaridad que el titular o dueño de la misma tiene derecho a utilizar junto a la marca el signo de una “R” dentro de un círculo, como por ejemplo ®. Es ilegal utilizar este símbolo cuando la marca no ha sido otorgada por la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU. Los violadores de este estatuto federal se exponen a ser llevados ante los tribunales.

Otros tipos de marcas son los que se conocen con los signos de TM o SM adjunto a la marca. En estos casos, cualquier persona o entidad puede utilizar estos símbolos libremente, ya que ello no conlleva la radicación de una solicitud ante la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU ni un registro. El símbolo TM o “Trademark” que se usa en una marca denota que se trata de un producto o artículo de manufactura, mientras que el de SM o “Service Mark” se utiliza para denotar un servicio que se ofrece, como por ejemplo, el nombre de un servicio que ofrece un banco o una firma de auditores.

3. Derechos de Autor o Derechos Literarios (“Copyrights”)
Los Derechos de Autor son derechos otorgados por el gobierno federal a personas para excluir a otros de reproducir, copiar, plagiar, representar, ejecutar o mercadear obras literarias, dramáticas, musicales, artísticas, incluyendo programados de computadoras, dibujos y artes gráficas. Los derechos de autor aplican a la forma de expresión y no al tema, idea, concepto o composición de la obra. La obra deberá estar plasmada en un medio tangible y en original. Válido por un periodo que incluye la vida del autor, más 70 años luego de su muerte. Si se desea registrar la obra, la agencia encargada es la Oficina de Derechos de Autor de la Biblioteca del Congreso de EE.UU. (U.S. Copyright Office, Library of Congress).

Es importante señalar que el registro de una obra en la Oficina de Derechos de Autor no es necesario. Por ley, los autores de sus obras están automáticamente protegidos y sus derechos salvaguardados tan pronto complete la obra. El registro es, por lo tanto, opcional.

4. Secretos Comerciales o Secretos de Negocio (“Trade Secrets”)
Los Secretos Comerciales o de Negocio son derechos otorgados por el gobierno federal a personas o entidades para excluir a otros de utilizar cualquier información, fórmula, aparato, proceso, técnica o método. El objeto del secreto no debe ser conocido por otras personas, debe estar en uso activo y el dueño debe tomar todas las medidas de precaución razonables para mantenerlo en estricto secreto. La protección que le otorga la ley al titular se pierde tan pronto se haga público y por consiguiente, deja de ser un secreto.